Facturación Electrónica para Instituciones Educativas y Colegios

A partir de enero del 2020 es obligatorio emitir comprobantes de pago electrónicos para las instituciones educativas en Perú.

Un sistema de facturación electrónica para instituciones educativas y colegios facilita los procesos de emisión de facturas y boletas, almacenamiento, consultas, reportes, mayor control y toda la funcionalidad que requiera el colegio o institución educativa.

En nuestro sistema de facturación podrás establecer una mejor relación con los padres de familia o clientes de tu institución educativa, brindando mayor seguridad y facilidad de uso en el manejo de sus comprobantes de pago.

¿Por qué utilizar nuestro sistema de facturación electrónica para tu institución educativa o colegio privado?

erp con factura electrónica

Somos un PSE (Proveedor de Servicios electrónicos Autorizado) que cumple con todos los requisitos impuestos por SUNAT en seguridad.

Lo mejor de nuestro sistema de facturación electrónica es la rapidez para emitir un comprobante de pago, además de que es muy fácil de utilizar. Puedes facturar con o sin control de inventarios.

Al ser un sistema de facturación automatizado, los errores comunes de facturación se ven minimizados y evitas otros, como el registrar mal los datos de tus clientes.

Todos tus comprobantes de pago se validarán y enviarán, sin problemas. 

Más de 102 mil empresas están obligadas a emitir comprobantes de pago electrónicos durante este año de acuerdo al plan de masificación de la SUNAT. Si aún no realizas la migración al sistema electrónico debes contactar con un proveedor autorizado. Se recomienda que ingresar al sistema de manera voluntaria y anticipada.

Aplicando uno de nuestros valores corporativos (“INNOVACIÓN”) ponemos a tu disposición la posibilidad de personalizar tu comprobante electrónico con tu logotipo y los datos de tu empresa, esto te ayudará a proyectar la identidad de tu empresa a tus clientes.

Generalmente, las empresas con el tiempo se vuelven más difíciles de controlar por toda la información que generan y las cosas que hay por hacer, también tendrán dificultades para administrar sus ventas y cobros; esto ocasiona problemas con los clientes, pérdida de ventas y pérdidas de capital, e incluso puede llevar a la empresa a la quiebra.

Nuestro sistema de facturación puede resolver todos estos problemas, automatizando desde el momento en que tu producto ingresa a tu almacén hasta que el cliente te paga.

Certificado digital GRATIS

Somos PSE autorizados por SUNAT por lo que adquiriendo cualquiera de nuestros planes contará con este beneficio

Consulta RUC - SUNAT integrado

Nuestro sistema se conecta a la base de datos de SUNAT para extraer automáticamente los datos de tus clientes o usuarios.

Validación de Comprobantes de Pago

Nuestro sistema valida documentos electrónicos a través del envío automático a SUNAT y/o OSE

Mayor Accesibilidad

Nuestro sistema es 100% web por lo que podrás acceder desde cualquier dispositivo con conexión a internet.

Catálogo de servicios y clientes

Integra un potente sistema de gestión de inventarios y catálogos de servicios y clientes.

Fácil e ilimitado

Solamente existe un único plan e ilimitado. Es un sistema o busto y fácil de usar.

Instituciones Educativas: Obligación de emitir Comprobantes de Pago Electrónicos

«a) Mediante el inciso c) del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N.° 318- 2017/SUNAT, la Administración Tributaria designó como emisores de comprobantes de pago electrónicos, del Sistema de Emisión Electrónica, a las instituciones educativas referidas en el artículo 67 de la Ley General de Educación, aprobada por la Ley N.° 28044 y normas modificatorias, reconocidas por el Ministerio de Educación.

Es en ese sentido que, por su parte, el mencionado artículo establece que la institución educativa comprende los centros de educación básica, los de educación técnico-productiva y las instituciones de educación superior.»

«Posteriormente, la Resolución de Superintendencia N.° 312-2018/SUNAT estableció que esta designación opera de forma obligatoria desde el 01-01-20.

b) En cuanto a los conceptos por los cuales se deben dar comprobantes de pago, el artículo 1 de la Ley de Comprobantes de Pago señala que se encuentran obligados a emitir comprobantes de pago todas las personas que transfieren bienes o presenten servicios de cualquier naturaleza.

Ello implica que institución educativa deberá de emitir comprobantes de pago electrónicos por todas sus operaciones, es decir, por el servicio de educación que brinda y por la transferencia de los bienes, por ejemplo, en el presente caso, la entrega de libros, uniformes, entre otros.» Ver articulo completo en Perúcontable

Artículos que te pueden interesar

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *